19 de febr. 2006

El TSJ suspende la tramitación del PGOU de Villalonga

S. Sapena, Gandia

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJ) ha admitido a trámite un recurso contencioso administrativo contra la tramitación del concierto previo del PGOU y, de forma cautelar, ha ordenado suspender todas las actuaciones llevadas a cabo por el ayuntamiento.

En el origen del recurso, que ha sido presentado por la Abogacía del Estado, figura la existencia de un doble documento del concierto previo de PGOU. Tal y como ha publicado este periódico en varias ocasiones, el alcalde, Juan Ros, del PP, remitió a la Conselleria de Territorio, mediante un decreto, un documento que incluía el proyecto urbanístico de Urbacón Levante, así como la posibilidad de habilitar una planta de transferencia de basuras en el solar de una antigua papelera.

Sorpresa mayúscula se llevaron los concejales del PSPV-PSOE y del Bloc-EV, en la oposición, cuando descubrieron que ese mismo documento, que fue llevado al pleno y aprobado con los votos del PP, era diferente, ya que no hacía referencia alguna ni al macroproyecto urbanístico ni a la posibilidad de permitir la planta de transferencia basuras.

El PSPV-PSOE decidió entonces remitir una queja, con los dos conciertos previos del PGOU, a las consellerias de Administraciones Públicas y de Territorio, así como a la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana. De los dos departamentos de la Generalitat no ha habido respuesta, pero la Delegación del Gobierno lo vio claro y remitió el expediente a la Abogacía del Estado para presentar un recurso contencioso administrativo que ha sido admitido a trámite por la sección segunda del TSJ.

En ese recurso judicial, al que ha tenido acceso este Levante-EMV, la Abogacía del Estado interpreta que la tramitación del concierto previo del PGOU es «ilegal» porque «existen dos documentos».Además, el recurso señala la existencia de varias irregularidades, entre las que destaca que «ninguno de los dos documentos de concierto existentes ha sido informado ni firmado por técnico competente», así como que no figura partida presupuestaria alguna para contratar los trabajos que requiere esa tramitación. Ambos aspectos vulneran la ley, a criterio de la Abogacía del Estado.